EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL DE PANAMÁ Y LA TRANSICIÓN HACIA EL DESCUBRIMIENTO DE PRUEBAS


EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL DE PANAMÁ Y LA TRANSICIÓN HACIA EL DESCUBRIMIENTO DE PRUEBAS

El Nuevo Código Procesal Civil de Panamá (Ley 402 de 2023) moderniza el proceso judicial introduciendo la Solicitud de Suministro y Exhibición de Documentos u Otros Objetos, un paso clave hacia el descubrimiento de pruebas y la justicia civil digital.

Introducción: un nuevo paradigma judicial en Panamá

Con la entrada en vigor del Nuevo Código Procesal Civil de Panamá (Ley 402 de 2023), el sistema judicial panameño se encamina hacia una transformación profunda: el paso de un modelo rígido y formalista a uno ágil, transparente y colaborativo. Este cambio tiene su piedra angular en la incorporación de la Solicitud de Suministro y Exhibición de Documentos u Otros Objetos, una figura inédita que introduce por primera vez la lógica del descubrimiento de pruebas dentro de la jurisdicción civil.

La Solicitud de Suministro y Exhibición de Documentos: una herramienta moderna del proceso civil

El Nuevo Código Procesal Civil regula esta herramienta en el Libro Tercero, Título II, bajo el marco de la ‘Divulgación de Pruebas’. Su finalidad es garantizar el acceso equitativo a la información probatoria, permitiendo que una parte solicite —a la contraparte o a terceros— la entrega o exhibición de documentos relevantes para el litigio, sin necesidad de intervención judicial inicial, salvo controversia o negativa, caso en el cual el juez asume la dirección y control del proceso.

Del modelo panameño al discovery estadounidense: una influencia constructiva

El descubrimiento de pruebas en Estados Unidos, regulado por las Reglas Federales del Proceso Civil (FRCP), es un referente internacional. Las Reglas 26 y 34 establecen la obligación de revelar toda información relevante y no privilegiada, incluso si no es directamente admisible en juicio, siempre que sea proporcional a las necesidades del caso. Aunque Panamá no replica este sistema en su totalidad, el nuevo CPC adopta su espíritu, incorporando los principios de transparencia, proporcionalidad y colaboración.

El rol judicial: de espectador a garante de la cooperación procesal

El Nuevo Código Procesal Civil redefine el papel del juez civil panameño. Ya no se trata de un árbitro pasivo, sino de un director del proceso que equilibra los intereses de las partes y asegura la buena fe procesal. Los hallazgos de Rivera de la Torre (2025, caps. 4.1.9 y 4.1.12) destacan su función activa, similar a las conferencias de planificación del discovery previstas en la Regla 26(f) de las FRCP.

Hacia una justicia civil digital y transparente

La Solicitud de Suministro y Exhibición de Documentos se convierte en pilar de la modernización del proceso civil panameño. Su implementación efectiva dependerá de la capacitación técnica y ética de los actores judiciales, la digitalización segura del expediente judicial y el desarrollo de protocolos de protección de datos personales que equilibren el derecho a la prueba con la privacidad.

Conclusión: Panamá ante el desafío del descubrimiento probatorio

La incorporación de esta figura representa el inicio de una nueva era probatoria, en la que el acceso a la información, la equidad y la tecnología convergen para garantizar decisiones judiciales más justas y oportunas. Este avance, sustentado en la investigación jurídica nacional, abre las puertas a un sistema de descubrimiento de pruebas adaptado al siglo XXI y al contexto panameño.

Referencia

Rivera de la Torre, L. A. (2025). La Solicitud de Suministro y Exhibición de Documentos u Otros Objetos de la Divulgación de Pruebas del Código Procesal Civil de Panamá y el impacto que tendrá sobre ella el ámbito informático y documental electrónico. Universidad Metropolitana de Educación, Ciencia y Tecnología (UMECIT).

Sobre el autor

Lic. Luis Alejandro Rivera de la Torre es abogado panameño con doble idoneidad (Panamá y México) y más de veinte años de experiencia en derecho corporativo, financiero y procesal civil. Es socio fundador de Rivera de la Torre, Abogados y Secretario General de la Universidad Hosanna (Panamá). Posee una Maestría en Finanzas Corporativas (UNESCPA) y formación jurídica internacional en la Universidad Autónoma de Baja California, la University of Southern California (EE. UU.) y la UMECIT (Panamá).

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